EL LLAMADO PREVENTIVO FUE HECHO A TRAVÉS DE SU DIRECCIÓN DE NORMAS DE VUELO.
El llamado preventivo fue hecho a través de su Dirección de Normas de Vuelo, donde recuerda que la vigencia de reglas para operar ese tipo de aparatos están contenidas en los artículos VI y VII de la resolución 008-2015 emitida el 15 de julio de 2015.
Entre las exigencias están que el aparato esté en condiciones seguras y las “condiciones meteorológicas de vuelo visual” y permanentemente a la vista del operador.
“Estas restricciones son, entre otras: evitar poner en riesgo la vida y seguridad de las personas, poner en riesgo la propiedad pública o privada, violar los derechos de privacidad de otras personas, operar en forma descuidada o temeraria y operar sobre zonas prohibidas o restringidas publicadas por el IDAC”.
Advierte en las normas para operar los drones, que no podrá efectuarse el traspaso del mando y control de la aeronave en vuelo. Asimismo, se debe cuidar la separación con otros drones que estén operando en la misma área.
“Ceder el paso a cualquier aeronave tripulada en las diferentes fases de vuelo, así como mantener su propia separación con otras aeronave”, se indica en el literal h del artículo VI.
Fuente: Listin Diario
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